lunes, octubre 25, 2010

COURAGE LATINO: acciones para sanar la homosexualidad.




MTRO. GERARDO A. HERRERA PEREZ

GRUPO DE FACTO DIVERSIDAD SEXUAL EN MICHOACAN



Desde el 2008, miembros del COURAGE LATINO (CL) fueron denunciados ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), quien abrió expediente contra los directivos del CL, toda vez que promueven la sanación de la homosexualidad en términos de discriminación, derivado de ello, se acordó que tomaran sus directivos un curso de capacitación sobre “Prevención de la Discriminación” para no discriminar a quienes tienen una orientación diferente a la heterosexual.

No obstante, nuevamente aparece esta organización de sanación, ahora en Guadalajara, y es de entender cuando en Jalisco se presentan expresiones desde el Poder Público de discriminación contra la comunidad homosexual, la última de éstas fue la que al C. Gobernador Constitucional Lic. Emilio González Márquez, quien manifestó que le da “ASQUITO” los matrimonios entre personas del mismo sexo. Y es que en Jalisco se vive una homofobia institucionalizada.

No obstante como paso en Monterey, hoy en Guadalajara la Organización Social CODISE, A.C. ha planteado que demandará ante la Procuraduría Federal del Consumidor, la PROFECO, a CL por promover la sanación de la homosexualidad acción que no puede cumplir al ser esta una orientación sexual, también lo hará porque discrimina y por hacer uso de publicidad engañosa.

El presidente de CODISE, AC, el joven Rodrigo Rincón, ha manifestado que las acciones judiciales las presentará ante la PROFECO toda vez que de conformidad con el artículo 1 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, “queda prohibida la publicidad engañosa. “Entendiendo por engañosa aquella que refiere características o información que inducen a error o confusión por la forma falsa o exagerada en que se presenta”.

Además CODISE, AC. Expresa que el método de selección utilizado por el CL también será motivo de queja, pues realiza un “proceso de selección de clientela y se reserva el derecho de admisión”, lo que CODISE interpreta como un acto de discriminación.

Grupos como el CL que no fundamentan sus terapias en evidencias científicas pudieran causar problemas serios a la autoestima, la auto aceptación y el respeto a la intimidad de los individuos que tienen una orientación sexual diferente a la heterosexual.

Recordemos que la homosexualidad no es un problema, la homofobia si, respetemos las diferencias.

lunes, octubre 18, 2010

La importancia de la no Discriminación en los marcos jurídicos.



Mtro. Gerardo Herrera

A partir de este siglo XXI, México cuenta con avances significativos para el reconocimiento del derecho a la no discriminación para las y los mexicanos. En 2001 se realizaron adiciones al artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se reconoce específicamente el derecho a la no discriminación. En 2003, mediante la aprobación de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación se prohíbe la discriminación, entendida como toda distinción basada entre otros motivos en el sexo, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquiera otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas. A partir de la aprobación de esta ley, 17 Entidades Federativas han emitido leyes estatales sobre discriminación (entre ellas Michoacán) y 13 han tipificado la discriminación como delito penal. Asimismo, el Plan de Desarrollo de Derechos Humanos 2008-2012 busca garantizar el derecho a la no discriminación por preferencia u orientación sexual, así como el reconocimiento de la personalidad jurídica de las personas transgénero y transexuales.

Como consecuencia de lo anterior el 17 de mayo de 2010 se decretó en México el “Día por la tolerancia y el respeto a las diferencias”. Entendiendo por tolerancia, en el sentido de la Declaración de Principios sobre la Tolerancia, el respeto, la aceptación y el aprecio de la rica diversidad de las culturas de nuestro mundo, de nuestras formas de expresión y medios de ser humanos, así como la armonía en la diferencia.

Los avances en materia legal son fundamentales para la construcción de una sociedad más abierta y son esfuerzo de un gran número de personas, organizaciones e instituciones; sin embargo, existen un gran número de retos que es necesario superar para garantizar el derecho a la no discriminación y al trato digno e igualitario de las personas en nuestro país, ello implica evitar que políticas públicas y marcos normativos puedan discriminar a la población.

En Michoacán, en septiembre de 2006, se adiciono el párrafo segundo al Artículo 1 de la Constitución Local, con lo que se reconoce y protege a las y los michoacanos su derechos a la no discriminación, para el día 2 de enero de 2009, previa la aprobación de las y los diputados de la LXXI Legislatura, se publico la Ley Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y Violencia en Michoacán, la cual en sus transitorios mandata al Ejecutivo del Estado para que instale el Consejo Estatal para la Prevención de la Discriminación y Violencia en Michoacán.

El 17 de mayo de 2010 se cumplieron 20 años del día en que la Organización Mundial de la Salud eliminara del catálogo universal de trastornos mentales a la homosexualidad. Veinte años después, las manifestaciones de la discriminación, exclusión, estigmatización y crímenes de odio por homofobia son aún una realidad en México y en Michoacán, de ahí la importancia de que las políticas públicas y los marcos normativos vayan acompañados de ejes transversales de equidad de género, respeto a los derechos humanos, no discriminación, igualdad, inclusión y respeto a las diferencias o como expresa la Constitución Federal a las preferencias.



Existen dos sentidos del principio de la igualdad. El primero de ellos se refiere a la igualdad en la ley, que debe entenderse como la obligación del legislador de no hacer distinciones legislativas entre personas, basadas en criterios arbitrarios. Esto no significa que la ley no deba distinguir entre personas, sino más bien que no lo haga de forma irracional o irrazonable. El segundo sentido es el de la igualdad ante la ley, que prohíbe al operador jurídico distinguir ahí donde la ley no distingue, es decir, dar un trato diferenciado a una persona sin fundamento legal.



Es importante recordar que el derecho a la no discriminación está relacionado con las distinciones entre personas que anulan o menoscaban derechos y libertades de las mismas. En las cláusulas jurídicas de no discriminación normalmente se enumeran aquellos criterios que tradicionalmente han sido usados para discriminar y que se consideran especialmente sospechosos de ser inconstitucionales. En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece expresamente la prohibición de discriminar por “preferencias” en las que incluyen las preferencias sexuales, así como la orientación sexual, y la identidad sexo-genérica.

miércoles, octubre 13, 2010

ASQUITO IGUAL A HOMOFOBIA INSTITUCIONAL




Mtro. Gerardo A. Herrera Pérez

GRUPO DE FACTO DIVERSIDADSEXUAL EN MICHOACAN

El día de ayer, en el marco de la Cumbre Iberoamericana de la Familia, llevada a cabo en Jalisco, el Lic. Emilio González Márquez, Gobernador Constitucional de Jalisco, expreso comentarios que ofenden y socaban los derechos humanos de la comunidad homosexual, él expreso que le da “asquito” el matrimonio entre parejas del mismo sexo, esto por estar chapeado a la antigua.

Respeto el comentario del Señor Gobernador y también respeto su derecho de libertad de expresión, no obstante no estoy de acuerdo con él toda vez que la expresión “asquito”, es simplemente una expresión que discrimina, que excluye, que anima y promueve la homofobia, pero sobre todo que violenta el estado de los derechos humanos de las personas con una preferencia sexual diferente a la heterosexual. Recordemos que la libertad de expresión tiene límites y estos son el respeto a los derechos de terceros y a no discriminar o excluir.

La expresión “asquito a los matrimonios entre personas del mismo sexo”, atenta contra la reciente confirmación de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al declarar constitucional el Matrimonio entre personas del mismo sexo, también, descalifica y nulifica al acuerdo del Ejecutivo Federal para conmemorar cada día 17 de mayo como el “Día de la Tolerancia y el Respeto a las Preferencias”, publicado este año de la celebración del Bicentenario y desde luego, promueve la homofobia institucional y sobresee la inclusión, la igualdad, libertad y tolerancia, valores únicos de la democracia en México.

Agradezco a la diputada Claudia Anaya, Presidenta de la Comisión Legislativa Especial contra la Discriminación se hubiera pronunciado a favor de evitar la discriminación de la comunidad homosexual, manifestando su inconformidad contra el Sr. Gobernador González Márquez, por sus expresiones excluyentes; así mismo convoco al Presidente del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, Lic. Ricardo Bucio Mújica a efecto de que el CONAPRED emita un exhorto al Gobernador de Jalisco para que evite hacer expresiones que tiendan a provocar discriminación y promuevan la homofobia institucional.

Finalmente, deseo expresar que el pasado 10 de agosto del presente año en Jalisco se suscribió una declaratoria por parte de las Diputadas de los tres partidos de mayor representación en la Cámara de Diputados (PRI, PAN y PRD) y miembros de la Comisión Especial de Familia de la LXI Legislatura en el marco de la reunión regional del encuentro Nacional Legislativo “Hacia la armonización legislativa en Derecho Familiar” en el que entre otros aspectos se puntualizo que “Se aprovecharán las coincidencias, para favorecer la familia sin distinción de raza, color, apariencia, religión, sexo, edad, estado civil, salud, origen étnico, ideas políticas o preferencias“. De ahí que es importante precisar que en la construcción de la cultura de la igualdad todos sumamos, funcionarios, políticos, líderes, activistas, sociedad, hombres, mujeres, homosexuales, lesbianas, discapacitados, indígenas, jóvenes, niños y niñas, adultos mayores, todos y todos merecemos respeto.

domingo, octubre 03, 2010

DERECHOS SEXUALES PARA JOVENES



MTRO. GERARDO A. HERRERA PEREZ

GRUPO DE FACTO DIVERSIDAD SEXUAL EN MICHOACAN



Como sociedad civil organizada y como gobierno, debemos promover tanto políticas públicas como marcos normativos que aseguren la sexualidad de las personas jóvenes, de ahí que me pregunto, le pregunto a usted, le pregunto a las personas jóvenes, les preguntamos a las y los diputados de la LXXI Legislatura, le pregunto a la Secretaría de los Jóvenes sí la iniciativa de Ley de la Juventud que hoy se discute en comisiones en esta LXXI Legislatura asegura los derechos sexuales y reproductivos de los jóvenes de manera amplia?.

Los derechos sexuales y reproductivos de las personas jóvenes son importantes y mire usted no solamente por evitar las infecciones de trasmisión sexual o el VIH/SIDA, o cuestiones del Virus del Papiloma Humano, o bien del aborto en ciertas circunstancias, o el embarazo de adolecentes, también lo son importantes porque los seres humanos somos seres sexuales desde que nacemos, nacemos sexuados, machos o hembras, por lo que las manifestaciones de nuestra sexualidad es cotidiana y se va formando de acuerdo a la sociedad en la que vivimos.

La sexualidad tiene diversos componentes como el deseo, los sentimientos y las actitudes, las identidades y la autoestima, el cuerpo y sus funciones, los conocimientos y las prácticas, los roles de género y las relaciones interpersonales y afectivas, los valores y las creencias incluso. Todos estos elementos son importantes en el ejercicio de la sexualidad y la construcción plena de las identidades sexuales. De ahí la importancia de que nuestras autoridades legislativas legislen sobre los derechos sexuales y reproductivos de las personas jóvenes.

Por otro lado, la cuestión de los derechos sexuales tiene conmemoraciones diversas, durante el mes de septiembre se rememoran diversos eventos relacionados con la salud sexual, entre ellos el evento que se llevo a cabo el pasado 4 de septiembre donde diversas instancias gubernamentales (CONAPRED, CENSIDA, Federación Mexicana de la Sexualidad y la WAS) y de la sociedad civil se reunieron con el propósito de difundir información sobre sexualidad y los derechos sexuales, toda vez que la Asociación Mundial para la Salud Sexual (WAS) celebro este 4 de septiembre el primer Día Mundial de la Salud Sexual con actividades en más de 30 países de cinco continentes como una forma de vincular la acción con la promoción de una discusión abierta e informada sobre un aspecto fundamental del ser humano: su sexualidad y sus derechos sexuales.

El 23 de septiembre es reconocido como Día Internacional de la Bisexualidad, esta es una efeméride que surgió como una propuesta de la sociedad civil estadounidense y británica, con motivo del aniversario luctuoso del psicoanalista Sigmund Freud, primer teórico en plantear la bisexualidad, en la Cd. de México se conmemora por la Organización OpciónBi.

Este 26 de septiembre se conmemora el Día Nacional para la Prevención del Embarazo no Planificado en Adolescentes; dicha celebración tiene como propósito orientar, informar y promover la educación sexual en la juventud mexicana, así como fijar los escenarios que se crean cuando las mujeres adolescentes llevan un embarazo no planificado. Esta acción se realiza en diversas naciones de la América Latina y el Caribe. Datos de la Encuesta Nacional de la Juventud 2005 indican que la mayoría de las y los adolescentes inician su vida sexual entre los 15 y 19 años; no obstante, se encuentran casos de inicio de la vida sexual en la etapa de 12 a 14 años, lo cual se va incrementando paulatinamente.

En algunos foros a los que hemos asistido, especialistas confirman que el embarazo no planeado en la adolescencia es un problema de salud pública, que se clasifica como un embarazo de alto riesgo debido a las complicaciones que provoca en la salud de la madre y del niño(a), debido a que la adolescente aún no ha consolidado su desarrollo físico y además no se encuentra en condiciones ni emocionales ni económicas para formar una familia. En este sentido sabemos de las políticas públicas que se impulsan por parte de la Secretaria de Educación en el Estado y de la Secretaría de la Mujer, no obstante sigue siendo una Política Pública y no un mandato de Ley, pese a ello reconocemos que cualquier acción en apoyo de las adolescentes es fundamental.



Finalmente manifestamos la importancia de que los Derechos Sexuales y Reproductivos deben ser considerados de manera explícita en el ordenamiento jurídico de los jóvenes que se discute en Comisiones Legislativas en esta LXXI Legislatura.

Asegurar los derechos sexuales y reproductivos de cada persona, de cada joven es simplemente contribuir a construir una sociedad tolerante y democrática, respetuosa de las diferencias, de las identidades y de las diversas manifestaciones sociales.